3 marzo, 2026

En un dictamen de gran trascendencia emitido el pasado 2 de marzo, la Corte Suprema de Estados Unidos determinó que el estado de California no puede mantener en secreto a los padres la información relativa a la identidad de género de sus hijos en las escuelas. La decisión, que bloquea una política de confidencialidad implementada por el estado, sugiere que tales normativas probablemente vulneran los derechos fundamentales de los padres, especialmente aquellos protegidos por la Primera Enmienda de la Constitución.

Este fallo, con una votación de 6 a 3, representa una victoria significativa para los defensores de los derechos parentales y fue anunciado por la Thomas More Society, un bufete de abogados especializado en libertad religiosa. Esta firma ha representado a padres y docentes a lo largo de una disputa legal que se ha extendido por casi tres años, atravesando múltiples instancias judiciales. La controversia se centró en políticas escolares que permitían al personal docente y administrativo de California usar nombres y pronombres preferidos por los estudiantes, o incluso facilitar ciertas transiciones de género, sin informar a los padres o tutores legales.

**El Origen de la Disputa: Juez Benítez y los Derechos Parentales**

El punto de partida de esta compleja batalla legal se remonta a un fallo emitido a finales del año pasado por el juez federal de distrito Roger Benítez. En su resolución de una demanda colectiva, el juez Benítez dictaminó que los padres “tienen derecho” a acceder a la “información de género” de sus hijos. Además, el fallo afirmó que los propios profesores también poseen el derecho, amparado por la Constitución, de proporcionar dicha información a los padres.

En aquel momento, Benítez emitió una orden que invalidaba las políticas de secretismo de California sobre la identidad de género en el ámbito escolar. Sin embargo, la trayectoria legal tomó un giro cuando, en enero, el Tribunal de Apelaciones del Noveno Circuito de Estados Unidos suspendió la ejecución de esa orden en medio del litigio. Esta acción llevó a los demandantes a apelar la decisión del Noveno Circuito directamente ante la Corte Suprema.

**La Intervención de la Corte Suprema y sus Fundamentos**

La decisión de la Corte Suprema del 2 de marzo bloqueó la determinación del tribunal de apelaciones, restableciendo así, en esencia, la postura original del juez Benítez. Entre sus argumentos, el máximo tribunal sostuvo que las políticas de California “interfieren sustancialmente” con el “derecho de los padres a guiar el desarrollo religioso de sus hijos”.

Para fundamentar su dictamen, la Corte Suprema hizo referencia a precedentes sobre los derechos de los padres, afirmando que estos gozan de “el derecho a no ser excluidos de la participación en las decisiones relativas a la salud mental de sus hijos”. Este punto es crucial, ya que el tribunal vinculó directamente las políticas de género con la salud mental de los menores.

“La disforia de género es una condición que tiene una importancia considerable para la salud mental de un niño”, señaló el tribunal en su fallo. “Pero cuando un niño presenta síntomas de disforia de género en la escuela, las políticas de California ocultan esa información a los padres y facilitan cierto grado de transición de género durante el horario escolar. Estas políticas probablemente violan los derechos de los padres a dirigir la crianza y la educación de sus hijos”.

**Implicaciones Constitucionales y el Rol de los Docentes**

La base constitucional de la victoria de los padres se asienta firmemente en la Primera y Decimocuarta Enmiendas. La Primera Enmienda protege la libertad de expresión y la libertad religiosa, pilares que la Corte consideró esenciales para la capacidad de los padres de inculcar sus valores y guiar el desarrollo espiritual y moral de sus hijos. Permitir que las escuelas faciliten cambios en la identidad de género sin el conocimiento de los padres podría, según la interpretación de la Corte, socavar directamente este derecho.

Asimismo, la Decimocuarta Enmienda, a través de su cláusula de debido proceso, consagra el derecho fundamental de los padres a dirigir la crianza y educación de sus hijos. Este derecho se extiende a decisiones cruciales sobre la salud, incluyendo la salud mental, donde la disforia de género se enmarca. La Corte reconoció que privar a los padres de información relevante sobre la salud mental de sus hijos en el entorno escolar va en contra de este principio constitucional.

El juez Benítez ya había destacado en su fallo original que los profesores también podrían invocar derechos similares bajo la Primera Enmienda para compartir esa información con los padres. En sus palabras, incluso si el gobierno “pudiera demostrar que excluir a los padres es, en algún nivel, una buena política, tal política no puede implementarse a costa de los derechos constitucionales de los padres”.

**Un Precedente con Alcance Nacional**

Paul Jonna, abogado de la Thomas More Society, calificó el fallo como un “momento decisivo para los derechos parentales en Estados Unidos”. Jonna enfatizó la claridad del mensaje de la Corte Suprema. “La Corte Suprema ha dicho a California y a todos los estados de la nación, de manera inequívoca: no pueden llevar a cabo en secreto la transición de un niño a espaldas de sus padres”, afirmó el abogado.

Según Jonna, la “histórica reafirmación del debido proceso sustancial por parte de la Corte, su reivindicación de la libertad religiosa y su aprobación de la reparación colectiva sientan un precedente histórico que desmantelará las políticas secretas de transición de género en todo el país”.

Este fallo tiene implicaciones que van más allá de California, sirviendo como un claro indicador para otros estados que han adoptado o están considerando políticas similares. La decisión de la Corte Suprema refuerza la primacía de los derechos parentales en las decisiones fundamentales que afectan el bienestar, la educación y el desarrollo de sus hijos, particularmente en temas tan sensibles como la identidad de género en el entorno escolar. Se espera que este dictamen impulse un reexamen de las políticas de confidencialidad en escuelas a lo largo y ancho de la nación, marcando un hito en la continua discusión sobre la autonomía de los estudiantes y la autoridad parental en el sistema educativo.

Desde las Redes

Desde las Redes es un portal católico dedicado a la Evangelización digital. Somos un equipo de profesionales poniendo nuestros dones al servicio de la Iglesia. Lancemos las redes y compartamos la fe.

Nuevos