23 febrero, 2026

Un reciente llamado al boicot comercial por motivos religiosos en Egipto ha desencadenado una ola de condenas y ha puesto nuevamente bajo los reflectores la aplicación de la polémica ley de “desprecio a la religión”. El incidente, protagonizado por un conocido creador de contenido digital, no solo ha avivado tensiones sectarias, sino que ha reabierto un profundo debate nacional sobre la libertad de expresión, los derechos de las minorías y la reforma legislativa en el país.

**La chispa del conflicto: Un llamado divisivo**

El epicentro de la controversia fue un video difundido por Mahmoud Dawoud, un influyente creador de contenido egipcio. En sus declaraciones, Dawoud instó a sus seguidores a abstenerse de realizar compras en establecimientos propiedad de cristianos, argumentando que tal apoyo financiero equivaldría a “contribuir al insulto del islam”. Adicionalmente, el youtuber dirigió acusaciones directas contra Tawadros II, el líder de la Iglesia Ortodoxa Copta, imputándole la responsabilidad de incitar al desprecio de la fe islámica.

La viralización del video provocó una condena generalizada, tanto en la esfera pública como en círculos políticos y empresariales. Uno de los críticos más vocales fue Naguib Sawiris, un prominente empresario egipcio, quien calificó las afirmaciones de Dawoud como una clara incitación al odio y un menosprecio a la religión, conductas penadas por la legislación egipcia. La contundente respuesta de Sawiris y otros líderes de opinión rápidamente elevó el incidente más allá de una mera disputa en redes sociales, transformándolo en un asunto de preocupación nacional.

**Artículo 98: La “Espada Desenvainada” de la ley egipcia**

La discusión generada por las declaraciones de Dawoud ha vuelto a centrar la atención en el Artículo 98 del Código Penal egipcio, popularmente conocido como la ley de “desprecio a la religión”. Esta normativa establece penas de hasta cinco años de prisión para quienes sean hallados culpables de insultar cualquiera de las “religiones celestiales” reconocidas por el Estado. Concebida, en teoría, para preservar la armonía social y proteger la sensibilidad religiosa, su aplicación en la práctica ha sido objeto de severas críticas.

Históricamente, casos de alto perfil demuestran una aplicación desproporcionada de esta ley. Numerosas sentencias han recaído mayoritariamente sobre cristianos, ateos o individuos percibidos como críticos del islam. Este patrón ha generado inquietud entre defensores de los derechos humanos y ha alimentado la percepción de que la ley es utilizada para silenciar disidentes y reprimir el libre pensamiento, especialmente cuando este diverge de las narrativas religiosas dominantes.

**Casos emblemáticos: Un patrón de preocupaciones**

Entre los casos más citados que ilustran esta problemática se encuentra el de Augustinus Simon, un ciudadano copto, condenado a cinco años de prisión con una fecha de liberación proyectada para principios de 2026. El Centro de Justicia Internacional para Estudios de Derechos Humanos expresó profunda preocupación por las irregularidades que rodearon su proceso judicial. Según el Centro, a la defensa de Simon se le negó el acceso al expediente y la asistencia a sesiones clave del juicio, lo que plantea serias dudas sobre la garantía de un juicio justo y la proporcionalidad de la pena impuesta.

Otro caso recurrente en este debate es el de Sherif Gaber, quien ha enfrentado múltiples condenas en rebeldía por supuestos actos de desacato religioso. Gaber es a menudo presentado como un exponente del “ateísmo confrontativo” que se mofa de las creencias religiosas. De manera similar, Abdel Rahman Al-Jady también ha sido objeto de fallos judiciales en ausencia bajo la misma acusación. Es crucial diferenciar, sin embargo, la naturaleza de la crítica: mientras Gaber y Al-Jady son vistos por algunos como provocadores, Simon es enmarcado como un ejemplo de “crítica religiosa comparativa”, fundamentada en una perspectiva teológica cristiana distinta.

En marcado contraste, las condenas por menosprecio al cristianismo son notablemente infrecuentes en Egipto. El ejemplo más prominente que se suele citar es el caso de Abu Islam (Ahmed Abdullah), ocurrido hace más de una década, lo que subraya la asimetría en la aplicación de la ley.

**Un llamado a la derogación y la libertad de opinión**

La selectividad en la aplicación del Artículo 98 ha impulsado a figuras influyentes a exigir su derogación total. El periodista egipcio Ibrahim Eissa es uno de los críticos más acérrimos de la normativa, argumentando que el Artículo 98 ha evolucionado de ser una herramienta para mitigar conflictos sectarios a una “espada desenvainada” utilizada contra académicos e investigadores que proponen puntos de vista ya presentes en el vasto patrimonio islámico.

Eissa ha insistido en que la legislación egipcia ya contiene disposiciones suficientes para abordar la incitación al odio y la discriminación, sin necesidad de recurrir a penas de prisión por la expresión de opiniones. Su postura se refuerza con estadísticas contundentes: aproximadamente el 98% de los casos de desacato a la religión registrados en los últimos años han involucrado a musulmanes o cristianos acusados específicamente de insultar al islam, mientras que las demandas por menosprecio al cristianismo son casi inexistentes.

**El delicado equilibrio: Crítica religiosa vs. Discurso de odio**

La situación en Egipto reaviva una pregunta fundamental que trasciende fronteras: ¿dónde termina la crítica legítima a la religión y dónde comienza el peligroso discurso de odio? A nivel global, existe un consenso generalizado sobre la necesidad de penalizar la incitación a la discriminación y el odio. Sin embargo, la distinción crucial radica en cómo se traza esa línea divisoria.

En naciones como Estados Unidos y varios países europeos, se establece una clara separación entre la crítica a las religiones —legalmente permitida como parte de la libertad de expresión— y la incitación directa a la violencia o la discriminación contra sus seguidores. En muchos países árabes, sin embargo, esta distinción a menudo se difumina. La crítica a textos sagrados o a dogmas puede ser fácilmente interpretada como un delito penal, lo que limita significativamente el espacio para el debate intelectual y la libertad de pensamiento.

Este desafío subraya la urgente necesidad de un diálogo jurídico y social abierto y constructivo en Egipto. Un debate que busque un equilibrio delicado: proteger la paz civil y la coexistencia entre las distintas comunidades religiosas, al tiempo que se salvaguardan y promueven las libertades fundamentales, incluida la libertad de expresión y de conciencia. La resolución de esta tensión es vital para el desarrollo de una sociedad plural y democrática.

Desde las Redes

Desde las Redes es un portal católico dedicado a la Evangelización digital. Somos un equipo de profesionales poniendo nuestros dones al servicio de la Iglesia. Lancemos las redes y compartamos la fe.

Nuevos