20 febrero, 2026

La Fundación Española de Abogados Cristianos (FEAC) ha anunciado su intención de llevar un controvertido caso de eutanasia al Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) en Estrasburgo. Esta decisión surge tras la desestimación unánime por parte del Tribunal Constitucional (TC) español de un recurso presentado por los padres de una joven, quienes buscan impedir que se le aplique la prestación de ayuda para morir. El caso reaviva el debate sobre el derecho a la vida, la autonomía del paciente y los límites de la legislación sobre eutanasia en España.

La resolución del Tribunal Constitucional, emitida en una sesión extraordinaria reciente, ratificó la inadmisión del recurso de los progenitores, argumentando una “manifiesta inexistencia de violación de un derecho fundamental tutelable”. Este pronunciamiento del máximo órgano de garantías constitucionales cierra la vía judicial en España para la familia de la joven, abriendo ahora el camino a las instancias europeas.

Desde la Fundación Abogados Cristianos, se ha emitido un comunicado defendiendo que el procedimiento en cuestión vulnera “derechos fundamentales, especialmente el derecho a la vida y a una tutela judicial efectiva”. Esta organización, conocida por su activismo en defensa de principios conservadores y la objeción de conciencia, considera que la decisión del TC es un grave revés para la protección de los derechos humanos y, por ello, buscará amparo en el tribunal supranacional.

El recurso inicial, elevado por el padre de la joven ante el Tribunal Constitucional, solicitaba medidas cautelarísimas para suspender la prestación de ayuda a morir. En su argumentación, impugnaba las resoluciones judiciales previas que habían validado tanto la capacidad de decisión de la paciente, su manifestación de voluntad para solicitar la eutanasia, como el cumplimiento de los requisitos legales para acceder a ella.

El Tribunal Constitucional, al igual que los tribunales inferiores, considera que la joven cumple con los criterios establecidos en la ley española de eutanasia, que exige que el solicitante “padezca una enfermedad grave e incurable que le provoque un padecimiento grave, crónico e imposibilitante”. Sin embargo, esta evaluación es el epicentro de la disputa legal.

La representación legal de los padres ha negado consistentemente esta caracterización de la condición de su hija. Argumentan que, a la edad de 23 años –cuando se paralizó inicialmente la ejecución de la eutanasia, prevista para el 2 de agosto de 2024–, la joven padece “trastorno límite de la personalidad y trastorno obsesivo compulsivo”, además de haber perdido movilidad debido a una lesión medular causada por un intento de suicidio previo. Abogados Cristianos sostiene que los trastornos mentales de la joven, que incluyen ideación suicida y síntomas paranoides, podrían comprometer seriamente su capacidad para tomar una decisión libre y consciente sobre su propia vida.

Polonia Castellanos, presidenta de la Fundación Abogados Cristianos, reafirmó su compromiso tras conocer la decisión del TC: “No vamos a dejar solos a estos padres. Seguiremos luchando hasta el final para defender su derecho a salvar la vida de su hija. Insistimos en que, antes de acabar con la vida de una persona, al menos se le ofrezca tratamiento”. La entidad de juristas también ha señalado que existe una solicitud de medida cautelar pendiente de resolución en un Juzgado de lo Penal, la cual, de ser concedida, podría suspender nuevamente la ejecución de la eutanasia.

**La Ley de Eutanasia en España y su Aplicación**

Este caso se inscribe en el marco de la Ley Orgánica de Regulación de la Eutanasia (LORE), que entró en vigor en España en junio de 2021. Desde su implementación, la normativa ha generado un intenso debate social y ético, al tiempo que ha permitido a cientos de personas acceder a la prestación de ayuda para morir bajo estrictas condiciones.

Los datos de los primeros años de aplicación de la ley ofrecen una perspectiva sobre su impacto:

* **Primeros seis meses (junio-diciembre 2021):** Se registraron 173 solicitudes. De estas, se ejecutaron 75 eutanasias. Otros 32 solicitantes fallecieron antes de completar el procedimiento, 28 no llegaron a la fase del Comité de Garantías y Evaluación, 25 fueron denegadas, 7 solicitudes fueron revocadas por los propios pacientes y 6 quedaron aplazadas.
* **Año completo 2022:** Las peticiones de eutanasia ascendieron a 576. Se realizaron 288 eutanasias. Un total de 152 pacientes fallecieron antes de finalizar el proceso administrativo. Además, una persona revocó su solicitud, 22 decidieron aplazarla y 16 peticiones fueron denegadas.
* **Año 2023:** El número de eutanasias ejecutadas alcanzó las 334. Se registraron 190 fallecimientos antes de la conclusión del procedimiento, 21 revocaciones, 33 aplazamientos y 188 denegaciones.
* **Año 2024:** Hasta el momento, se han contabilizado 924 peticiones de ayuda para morir. De estas, 426 eutanasias se han llevado a cabo, mientras que 141 solicitudes fueron denegadas, 54 revocadas y 308 personas fallecieron durante la tramitación del expediente.

Las estadísticas evidencian la creciente demanda de esta prestación y la complejidad de los procedimientos, que a menudo se ven interrumpidos por el fallecimiento del paciente o por decisiones personales. La apelación al Tribunal Europeo de Derechos Humanos en este caso particular subraya la sensibilidad y las profundas implicaciones éticas y legales que rodean la ley de eutanasia, llevando el debate a una esfera judicial internacional y manteniendo viva la discusión sobre la dignidad al final de la vida y el papel del Estado en estas decisiones tan personales.

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