La gobernadora de Puerto Rico, Jenniffer González, promulgó recientemente una legislación que introduce cambios significativos en el Código Penal de la isla, otorgando el reconocimiento de “ser humano” al concebido en cualquier etapa de gestación. Esta medida, que transforma el Proyecto del Senado 923 en la Ley 18-2026, representa un hito en el marco legal puertorriqueño, generando amplio debate y reacciones encontradas entre diversos sectores sociales y políticos.
La recién aprobada Ley 18-2026 enmienda específicamente el Artículo 92 del Código Penal, que tradicionalmente definía el asesinato como “dar muerte a un ser humano a propósito, con conocimiento o temerariamente”. Con la modificación, la ley ahora especifica que “para propósito de este capítulo, ser humano incluirá al concebido en cualquier etapa de gestación dentro del útero materno”. Esta adición amplía el alcance de las protecciones legales y las implicaciones penales relacionadas con la interrupción de la vida de un no nacido, otorgándole un estatus legal que previamente no estaba explícitamente definido en este contexto.
Esta no es la primera iniciativa de la gobernadora González en esta dirección, sino que se inscribe en un esfuerzo legislativo más amplio y consecuente. La nueva ley se presenta como un complemento esencial a la Ley 166-2025, conocida popularmente como la Ley Keyshla Madlane. Dicha ley, promulgada en respuesta al trágico asesinato de una mujer embarazada en abril de 2021, tipifica como asesinato en primer grado la muerte intencional de una gestante que resulte también en la muerte del concebido, independientemente de la etapa de gestación. Este precedente ya había sentado las bases para una mayor protección legal del no nacido en casos de violencia extrema.
A finales de 2025, en diciembre, la gobernadora también había firmado el Proyecto del Senado 504, que modificó el Código Civil para establecer de forma explícita que “el ser humano en gestación o nasciturus es persona natural, incluyendo al concebido en cualquier etapa de gestación dentro del útero materno”. Estas legislaciones, en conjunto, delinean una política pública que busca consolidar la personalidad jurídica del no nacido tanto en el ámbito civil como en el penal, creando un armazón legal robusto que redefine su estatus en el ordenamiento jurídico de Puerto Rico.
Según un comunicado de prensa emitido por la gobernadora González, quien además es autora de la legislación, el objetivo primordial de la Ley 18-2026 es “mantener coherencia entre las disposiciones civiles y penales, reconociendo al concebido no nacido como ser humano”. Este argumento subraya la intención de crear un marco legal unificado que otorgue una protección consistente al feto en desarrollo, desde la concepción hasta el nacimiento, y que se alinee con las enmiendas previas al Código Civil, cerrando así posibles lagunas interpretativas en la ley.
La aprobación de estas leyes ha generado una fuerte oposición por parte de organizaciones feministas y grupos pro-derecho al aborto en Puerto Rico. Estos colectivos han expresado su profunda preocupación de que la acumulación de legislaciones que otorgan personalidad jurídica al concebido desde las primeras etapas de gestación pueda sentar las bases para una eventual prohibición o restricción severa del aborto en la isla. Argumentan que, al reconocer al feto como un “ser humano” con derechos intrínsecos desde la concepción, se abre la puerta a la criminalización de procedimientos médicos relacionados con la interrupción voluntaria del embarazo, afectando directamente la autonomía reproductiva de las mujeres.
Además, la situación legal de Puerto Rico como un estado libre asociado de Estados Unidos añade una capa de complejidad al debate. Cualquier cambio significativo en la legislación sobre el aborto en la isla podría tener repercusiones y sentar precedentes en la discusión a nivel federal, especialmente en un momento en que el panorama de los derechos reproductivos en EE. UU. ha experimentado cambios drásticos tras la anulación del caso Roe v. Wade. La preocupación radica en que las políticas de la isla podrían ser interpretadas como un indicador de tendencias futuras o como un campo de prueba para legislaciones similares en otros estados o territorios.
En contraste con las voces críticas, defensores de la ley, como la senadora Joanne Rodríguez Veve, han subrayado la importancia y la necesidad de esta legislación. En declaraciones emitidas el pasado mes de enero, la senadora afirmó que “el mensaje de este tipo de legislación es contundente. Reafirma este tipo de lenguaje en nuestra política pública de que en el vientre de una mujer embarazada no existe cualquier cosa, no existe un mero objeto indefinible, sino un sujeto, un ser humano en desarrollo que tiene dignidad y cuyo valor es intrínseco a su naturaleza humana”. Esta perspectiva resalta la visión de que la legislación es un paso necesario para proteger lo que consideran una vida humana en desarrollo, otorgándole el estatus y la protección legal que, según ellos, merece.
El panorama legal en Puerto Rico, en lo que respecta a los derechos reproductivos y el estatus del no nacido, se encuentra en un punto de inflexión con la promulgación de la Ley 18-2026 y sus leyes predecesoras. Mientras sus promotores la celebran como un avance significativo en la protección de la vida y la coherencia jurídica, sus detractores la ven como una amenaza directa a la autonomía de las mujeres y al acceso a servicios esenciales de salud reproductiva. La tensión entre estas visiones contrapuestas anticipa futuros debates legales y sociales en la isla, y es posible que estas enmiendas legislativas sean objeto de desafíos en los tribunales para determinar su alcance y sus implicaciones últimas en la sociedad puertorriqueña.




